La propuesta elimina el carácter improrrogable del arrendamiento de naves de bandera extranjera, y permite que los navieros nacionales puedan arrendar estas naves por plazos de seis meses, hasta un máximo de tres años, siempre que acrediten la inexistencia de naves propias.
PROYECTO DE LEY:
No hay comentarios:
Publicar un comentario